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El Presidente México firmó un decreto que castiga hasta con 7 años de cárcel a quienes tomen casetas o bloqueen carreteras o dañen, perjudiquen o destruyan las vías de comunicación.

Tuxtla Gutiérrez.- El pasado 22 de febrero el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para sancionar hasta con 7 años de cárcel y multas de más de 48 mil pesos a quienes tomen casetas o bloqueen carreteras.

 

El documento que firmó el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, prevé sanciones para “quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje.

 

“O total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

 

De acuerdo con la edición del DOF de la fecha mencionada, el presidente Andrés Manuel López Obrador firmó el decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, el pasado 15 de febrero y entró en vigor a partir del pasado 23 de febrero.

 

Según la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), la toma de casetas por grupos de protesta a nivel nacional han cimbrado a la industria de transporte de carga y pasaje terrestre, las cuales reportan pérdidas por más de mil millones de pesos .

 

A nivel nacional, trascendió que las nuevas sanciones son resultado de un trabajo de tres años con legisladores y autoridades para resolver una “gran problemática” y se cuidó su redacción para no criminalizar las protestas sociales, afirmó el director de la Asociación Mexicana de Concesionarios de Infraestructura Vial (AMCIVAC), Marco Antonio Frías.

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