Quien pague tarde un impuesto estatal en agosto tendrá que cubrir un recargo del 2.07 por ciento mensual sobre lo que deba. Si logra que la autoridad le autorice pagar a plazos, la tasa baja a 1.42 por ciento. La Secretaría de Finanzas publicó ambos porcentajes el miércoles en el Periódico Oficial número 118.
Los recargos se calculan sobre el saldo pendiente y se suman a la actualización de la deuda. No son una multa: son el costo del dinero que el contribuyente retiene por no pagar a tiempo.
La diferencia entre mora y plazo
La tasa de 2.07 por ciento se aplica en los casos de mora, es decir, cuando el contribuyente simplemente no pagó dentro del periodo que marca la ley y el adeudo se acumula por su cuenta.
La de 1.42 por ciento corresponde a los casos de plazo: cuando el contribuyente solicita y la Secretaría le autoriza cubrir su adeudo en parcialidades o de forma diferida. Pedir el plazo, entonces, abarata el costo de la deuda en 0.65 puntos porcentuales cada mes.
Puesto en perspectiva, un adeudo en mora que se arrastre doce meses acumula 24.84 por ciento en recargos, según la aritmética directa de la tasa mensual. Uno autorizado a plazos acumula 17.04 por ciento en el mismo periodo.
Por qué se publican cada mes
La obligación viene del último párrafo del artículo 3 de la Ley de Ingresos del Estado para 2026, en correlación con los artículos 43 y 44 del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas. La Subsecretaría de Ingresos debe dar a conocer los porcentajes mes con mes.
Eso significa que la tasa no está fija todo el año: cambia según el cálculo que hace la dependencia. Quien tenga un adeudo de varios meses debe aplicar el porcentaje que estuvo vigente en cada uno de ellos, no el del mes en que paga.
A qué impuestos aplica
Los recargos estatales alcanzan a las contribuciones que administra el gobierno de Chiapas, no a las federales. Entre ellas están el Impuesto Sobre Nóminas, el impuesto por la adquisición de vehículos automotores usados y los derechos vehiculares como el refrendo.
Ese universo se amplió este año. La propia Ley de Ingresos para 2026 contempla ingresos derivados del aumento del Impuesto Sobre Nóminas del 2 al 3 por ciento y del incremento del impuesto por adquisición de vehículos usados del 1 al 2 por ciento, además de impuestos de nueva creación.
Para los patrones, la combinación importa: una nómina más gravada y un recargo mensual de 2.07 por ciento sobre lo que se pague fuera de tiempo.
Dónde consultar y pagar
La Subsecretaría de Ingresos mantiene un apartado específico de recargos estatales en su portal, ingresos.haciendachiapas.gob.mx, donde también se encuentran los formatos para contribuyentes, el pre-registro y las obligaciones vehiculares.
Quien tenga un adeudo y quiera reducir el costo puede solicitar la autorización de pago a plazos antes de que la deuda siga corriendo en mora. El trámite se hace ante la propia Secretaría de Finanzas y requiere que el contribuyente esté identificado en el padrón estatal.
Los porcentajes de septiembre deberán publicarse en el Periódico Oficial durante las próximas semanas.
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