Un cafeticultor tsotsil de La Ceiba, en las montañas del norte de Chiapas, guarda su credencial de elector en una bolsa de plástico, junto a los papeles del ejido. La cuida de la humedad y de la neblina que baja cada tarde sobre los cafetales. Este domingo 12 de julio la va a necesitar por primera vez para algo que no es una elección: caminará hasta el campo de futbol de Pueblo Nuevo Sitalá para escuchar, en su lengua, cómo se crea un municipio.

El gobernador Eduardo Ramírez Aguilar firmó el decreto que convoca a la Consulta Pública para la creación del municipio Ach’lum El Triunfo, publicado el miércoles 1 de julio de 2026 en el Periódico Oficial del Estado (No. 115, Tercera Sección, Publicación 1503-A-2026). El documento, que también firma la secretaria General de Gobierno y Mediación, Dulce María Rodríguez Ovando, responde a la petición de las autoridades comunitarias de diez localidades del municipio de Simojovel que buscan separarse para formar su propio ayuntamiento. La jornada de votación será el domingo 9 de agosto de 2026.

Las diez comunidades que piden separarse de Simojovel

El decreto enlista a La Ceiba, El Triunfo, Chapayal, José Castillo Tielmans, Los Arrayanes, El Pencil, San Antonio Nuevo León, La Frontera, Porvenir Vinote y La Ceibita. Todas pertenecen hoy a Simojovel, un municipio de 52 mil 935 habitantes según el Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI, conocido por su producción de ámbar y café. La crisis de los artesanos del ámbar de Simojovel ha sido documentada por Alerta Chiapas.

El nombre elegido tiene raíz en las lenguas de la región: en tsotsil y tseltal, ach’ significa “nuevo” y lum, “tierra” o “pueblo”. Ach’lum puede leerse como “tierra nueva”. El propio decreto ordena que la convocatoria se emita en tsotsil y tseltal, además del español, por ser las lenguas más habladas en Simojovel.

Calendario completo de la consulta

Fase Fecha Lugar y horario
Informativa Domingo 12 de julio de 2026 Campo de futbol de Pueblo Nuevo Sitalá, 11:00 horas
Deliberación interna Del 16 de julio al 3 de agosto de 2026 Las comunidades evalúan la medida mediante sus propios diálogos y acuerdos
Jornada de votación Domingo 9 de agosto de 2026 Campo de futbol de Pueblo Nuevo Sitalá, de 8:00 a 16:00 horas

Antes de la votación, la convocatoria formal deberá publicarse con un mínimo de tres días naturales de anticipación. Tras la jornada vendrá la fase de decisión: el titular del Ejecutivo dará a conocer los resultados y, en su caso, propondrá al Congreso del Estado la iniciativa para crear el nuevo municipio.

Quién puede votar y cómo será la jornada

El decreto fija solo dos requisitos para participar: tener credencial para votar vigente y tener domicilio en el municipio a consultar. La votación será en urnas, con papeletas que contendrán la pregunta traducida al tsotsil y al tseltal. Cada persona se pronunciará por el “SÍ” si está a favor de crear el municipio o por el “NO” si está en contra.

Las personas votarán en el orden en que lleguen a la urna, con facilidades preferenciales para personas con discapacidad. El cierre está previsto a las 16:00 horas, aunque la urna seguirá abierta si todavía hay electores formados. El voto será nulo cuando no pueda conocerse su sentido, pero se contabilizará dentro del total. Al final, la Secretaría General de Gobierno y Mediación contará las papeletas hasta en dos ocasiones, clasificará los votos por SÍ, NO, abstenciones y nulos, y fijará avisos con los resultados en un lugar visible del municipio.

Datos clave

  • Votan quienes tengan credencial vigente y domicilio en el municipio; la jornada es el domingo 9 de agosto de 8:00 a 16:00 horas.
  • La sede de la fase informativa (12 de julio, 11:00 horas) y de la votación es el campo de futbol de Pueblo Nuevo Sitalá.
  • La papeleta tendrá dos opciones, SÍ o NO, traducidas al tsotsil y al tseltal.
  • Los costos del proceso corren a cargo del Poder Ejecutivo del Estado.
  • El resultado no crea el municipio por sí mismo: la decisión final corresponde al Congreso del Estado.

Quién organiza y quién vigila el proceso

La Secretaría General de Gobierno y Mediación es el órgano garante y ejecutor de la consulta; su Coordinación de Delegaciones de Gobierno funge como órgano técnico y validará los materiales y elementos de seguridad de la votación. La Secretaría de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos participará como observadora. Los cuerpos de seguridad estatales deberán prestar auxilio si la Secretaría lo requiere, y las autoridades locales permanecerán en la casilla sin interferir con el voto libre.

El decreto establece que el proceso se realizará bajo los principios de la consulta a pueblos indígenas reconocidos en tratados internacionales: previa, culturalmente adecuada, informada y de buena fe, con la finalidad de obtener el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades.

Radiografía de las comunidades: esto dice el Censo 2020

De acuerdo con los resultados por localidad (ITER) del Censo 2020 del INEGI, ocho de las diez comunidades solicitantes suman poco más de 4 mil habitantes:

Comunidad Población (Censo 2020)
La Ceiba 1,425
José Castillo Tielemans 909
San Antonio Nuevo León 730
La Ceibita 407
Chapayal 274
Los Arrayanes 151
El Pencil 84
La Frontera 61
Suma de las 8 identificadas 4,041

Las otras dos comunidades del decreto, El Triunfo y Porvenir Vinote, no aparecen con ese nombre exacto en el catálogo de localidades; el ITER registra asentamientos de nombre similar (El Triunfo la Laguna, Vinoté, El Porvenir) cuya equivalencia está por confirmarse. En contraste, Pueblo Nuevo Sitalá, sede de la consulta, tiene 3 mil 11 habitantes y es la segunda localidad más poblada de todo Simojovel, solo detrás de la cabecera municipal.

Las preguntas que el decreto deja abiertas

El documento no precisa cuál sería la cabecera del eventual municipio ni si Pueblo Nuevo Sitalá formaría parte de él, pese a ser la sede de todo el proceso. Tampoco fija un umbral mínimo de participación ni un porcentaje de votos por el SÍ para que el resultado prospere. Y a diferencia de una elección, la consulta no la organiza el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, sino la propia Secretaría General de Gobierno y Mediación, que también validará el escrutinio.

Lo que sí está definido es la ruta legal. Si el resultado favorece la creación, el Congreso del Estado deberá verificar los requisitos de la Ley de Municipalización para el Estado de Chiapas: solicitud por escrito, pasado histórico y cultural común, recursos económicos suficientes, inmuebles para los servicios públicos y comunicación entre los centros de población. De concretarse, Ach’lum El Triunfo sería el municipio número 125 en el mapa actual de Chiapas, que hoy suma 124 según el marco geoestadístico del INEGI. Hasta el cierre de esta edición, el decreto es la única fuente oficial disponible sobre el proceso; la convocatoria formal aún no se publica.

El cafeticultor de La Ceiba, mientras tanto, seguirá bajando a su cafetal cada mañana. El 9 de agosto, si la neblina lo permite, hará fila frente a una urna en el campo de futbol de Pueblo Nuevo Sitalá. En la papeleta, en su lengua y en español, habrá una sola pregunta y dos palabras posibles. De una de ellas depende que su dirección ya no diga Simojovel, sino Ach’lum: tierra nueva.

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