
El informe anual El Mundo Indígena 2026 del IWGIA confirma que Chiapas conserva el tercer lugar nacional en porcentaje de población indígena con 22.4%, solo detrás de Oaxaca (26.3%) y Yucatán (24.3%), en un contexto marcado por la llegada del abogado mixteco Hugo Aguilar Ortiz a la presidencia de la SCJN.
En la cabecera municipal de Chamula, una asamblea comunitaria delibera bajo el sol de mediodía sobre el uso del suelo. La conversación se hace en tsotsil. La decisión vale por escrito frente a la autoridad agraria, pero su fuerza real está en la palabra. Tres datos federales —un porcentaje, un catálogo y una sentencia— acaban de cambiar el marco institucional en el que esa asamblea opera.
El Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (IWGIA), con sede en Copenhague, publicó a inicios de 2026 su informe anual El Mundo Indígena 2026, que ofrece una radiografía actualizada sobre la situación de los pueblos originarios del planeta.
El capítulo dedicado a México vuelve a colocar a Chiapas entre las entidades con mayor concentración de población indígena del país y documenta dos hitos institucionales: la elección popular de un ministro presidente indígena en la Suprema Corte y el avance pendiente de la nueva Ley General de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
El informe del IWGIA retoma los datos más recientes de la Encuesta Intercensal 2025 del INEGI, que actualizó información geoespacial y sociodemográfica sobre la población indígena en México. La fotografía nacional ubica a Chiapas en una posición consistente con el censo de 2020:
| Entidad | % Población indígena | Posición nacional |
|---|---|---|
| Oaxaca | 26.3 % | 1° |
| Yucatán | 24.3 % | 2° |
| Chiapas | 22.4 % | 3° |
| Guerrero | 13.5 % | 4° |
| Quintana Roo | 12.9 % | 5° |
Fuente: IWGIA, El Mundo Indígena 2026; con base en Encuesta Intercensal 2025 del INEGI.
El dato chiapaneco se confirma además en el Catálogo Nacional de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas publicado el 9 de agosto de 2024 en el Diario Oficial de la Federación por el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI). En Chiapas habitan al menos 12 pueblos originarios reconocidos institucionalmente: tsotsil, tseltal, ch’ol, tojolabal, zoque, mam, kakchiquel, mochó, kanjobal, jakalteko, chuj y lacandón.
El informe IWGIA documenta como hecho parteaguas del año la elección popular de los nueve integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2025. El abogado mixteco Hugo Aguilar Ortiz resultó electo como ministro presidente del máximo tribunal constitucional del país, cargo donde la última representación indígena había sido durante la segunda mitad del siglo XIX, hace más de cien años.
Aguilar Ortiz llegó al cargo con una larga trayectoria como defensor de los Pueblos Originarios y de los derechos colectivos sobre el territorio y los recursos. Participó en la función pública federal y estatal en áreas vinculadas a la consulta indígena, la armonización legislativa y la atención a megaproyectos en territorios originarios. El IWGIA registra que su llegada «ha generado fuertes expectativas en los movimientos indígenas y sociales», en un contexto en el que el Estado mexicano busca reconfigurar el marco jurídico de los Pueblos Indígenas tras las reformas constitucionales de 2024.
En septiembre de 2024 se publicó en el DOF el decreto que reforma el artículo 2º constitucional en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, junto con el reconocimiento de su personalidad jurídica y patrimonio propio. La reforma estableció la obligación del Estado mexicano de impulsar su desarrollo y bienestar integral, así como de proteger y promover sus derechos específicos.
El paso siguiente —la Ley General de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas— continúa en proceso de aprobación en el Congreso de la Unión, según informó el director general del INPI, Adelfo Regino Montes. El proyecto contempla siete libros que abarcan derechos colectivos, derechos de mujeres, niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas migrantes indígenas, así como responsabilidades, procedimientos y sanciones del Estado.
En enero de 2026, la organización civil Litigio Estratégico Indígena A.C. promovió una demanda de amparo contra el Congreso de la Unión para obligar a la publicación de la ley general, ante la omisión legislativa de cumplir con el transitorio cuarto del decreto constitucional de septiembre de 2024.
El marco internacional: Convenio 169 OIT y Declaración ONU
El informe IWGIA recuerda que México votó a favor de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en 2007 y ha firmado el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Ambos instrumentos respaldan el derecho de los pueblos a la libre determinación y a la autonomía.
Para Chiapas, donde 22.4% de la población se identifica como indígena, estos estándares internacionales tienen aplicación directa en disputas territoriales, megaproyectos como el Tren Maya, conflictos agrarios y consultas previas.
El IWGIA documenta que el INPI mantiene en operación un Plan de Justicia del Pueblo Selva Lacandona y comedores comunitarios del estudiante indígena en al menos seis estados, incluido Chiapas.
El director del INPI, Adelfo Regino Montes, presentó ante el Consejo Nacional de Pueblos Indígenas (CNPI) un plan de implementación de la reforma constitucional con seis estrategias fundamentales: traducción de la reforma a las lenguas indígenas, elaboración de la Ley General, armonización de leyes secundarias federales, armonización de constituciones y leyes estatales, reformas al marco institucional, y reformas administrativas en los ámbitos federal, estatal y municipal.
Para los pueblos originarios de Chiapas, la cuestión central está en si esa armonización se materializa antes de la próxima ronda de licitaciones, concesiones y obras públicas que afecten territorios ancestrales —desde la región Selva hasta los Altos y la Sierra—, o si la ley general queda en suspenso indefinido. La asamblea de Chamula, mientras tanto, sigue deliberando en tsotsil bajo el sol del mediodía. Esa es, finalmente, la unidad mínima del derecho indígena: la palabra que se da entre iguales y se cumple.











