La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso del Estado de Chiapas legislar en un plazo máximo de 180 días para reconocer formalmente a los gobiernos comunitarios indígenas como sujetos de derecho público, tras resolver el Amparo en Revisión 344/2025 de la comunidad tsotsil de La Candelaria, en San Cristóbal de Las Casas.

La sentencia se dictó el 26 de febrero de 2026 en una Primera Sesión Extraordinaria en Territorio celebrada en Tenejapa, Chiapas, a la que asistieron más de dos mil personas de la comunidad. El comunicado oficial fue publicado por la SCJN bajo el folio 8453.

Qué resolvió el Pleno

El Máximo Tribunal reafirmó que los derechos de los pueblos y comunidades indígenas deben traducirse en condiciones reales que permitan su ejercicio efectivo. La resolución obliga al Congreso del Estado de Chiapas a legislar en 180 días, contados a partir de la expedición de la Ley General de Pueblos Indígenas, para desarrollar el contenido del artículo 2° constitucional con rutas claras de reconocimiento de gobiernos comunitarios. Además, ordena al Gobierno del Estado y al Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas adoptar medidas inmediatas en 90 días para garantizar el autogobierno de la comunidad de La Candelaria, incluida la asignación y entrega oportuna de recursos públicos.

El caso de La Candelaria

La comunidad de La Candelaria, ubicada en San Cristóbal de Las Casas, acudió a la justicia federal después de más de cinco años de gestiones. A través de su Asamblea Comunitaria solicitó al Congreso del Estado el reconocimiento formal de su gobierno comunitario y de su carácter como sujeto de derecho público. Tras la falta de respuesta, la comunidad promovió juicio de amparo cuya revisión llegó al Pleno de la SCJN.

Una sesión inédita en territorio indígena

El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, al inaugurar la sesión, dijo que se atendía un reclamo de más de cinco años de una comunidad chiapaneca y que el país está cambiando, por lo que la Corte no se podía quedar atrás. La sesión fue presentada como un ejercicio inédito de acercamiento de la justicia constitucional a los pueblos y comunidades indígenas.

Implicaciones para Chiapas

Según datos del INEGI y el INPI, Chiapas concentra una de las mayores poblaciones indígenas del país, con más de 1.5 millones de personas hablantes de lenguas originarias, principalmente tsotsiles, tseltales, choles, tojolabales, zoques y mames. La sentencia fortalece el marco jurídico para que comunidades de los Altos, Selva, Norte y Frontera Sur puedan exigir reconocimiento formal de sus gobiernos comunitarios.

Qué sigue para el Congreso de Chiapas

El plazo de 180 días corre a partir de la expedición de la Ley General de Pueblos y Comunidades Indígenas, cuyo proceso legislativo está en curso a nivel federal. Una vez publicada esa ley, el Congreso local deberá emitir una legislación armonizada que establezca rutas para el reconocimiento formal de gobiernos comunitarios, criterios y procedimientos para reconocer a las comunidades como sujetos de derecho público, y mecanismos de coordinación con autoridades estatales y municipales.

Documento oficial

La SCJN publicó un documento con fines de divulgación del Amparo en Revisión 344/2025, accesible en su portal oficial. Las sentencias completas son la única versión oficial y pueden consultarse en el sistema electrónico de la Suprema Corte.

Portal de noticias del Estado de Chiapas.

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