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SCJN refuerza derecho a la imagen tras caso Diego Luna y Diageo

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el Amparo Directo en Revisión 6448/2025 a favor del actor mexicano Diego Luna, en una sentencia que reafirma el derecho a la propia imagen como una extensión de los derechos de la personalidad y elimina la posibilidad de reducir indemnizaciones mediante cálculos contables.

De acuerdo con el comunicado oficial publicado por la SCJN, la sentencia ordena a Diageo México indemnizar al demandante por el uso no autorizado de su imagen en la campaña publicitaria de Johnnie Walker llamada “Caminando con gigantes”, transmitida en septiembre y octubre de 2011, sin contrato ni consentimiento, en 22 anuncios de televisión y medios digitales.

Qué protege la sentencia

El fallo subraya que el derecho a la propia imagen incluye la facultad de cada persona para decidir cómo se utiliza su identidad visual. También protege intereses económicos, la dignidad, la privacidad, el honor y la identidad. La SCJN señaló que el daño moral derivado del uso no autorizado de la imagen tiene consecuencias jurídicas plenas y que no puede minimizarse mediante cálculos comerciales.

Por qué importa para Chiapas

La sentencia sienta criterio nacional aplicable a toda persona en México, incluidas comerciantes locales, artistas, influencers y figuras públicas chiapanecas. Cualquier persona cuya imagen sea utilizada sin autorización para fines publicitarios o comerciales puede ahora demandar bajo este estándar reforzado.

También alcanza a Gael García Bernal

El comunicado oficial recuerda que en noviembre de 2021 la Corte ya había ordenado a Diageo México indemnizar al actor Gael García Bernal con el 40% de las ventas generadas por la misma campaña. La empresa intentó reducir el monto, pero la nueva sentencia confirma que ese tipo de cálculos no son admisibles.

Marco legal

El derecho a la propia imagen está reconocido en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y está desarrollado en la Ley Federal del Derecho de Autor y los códigos civiles estatales, incluido el de Chiapas. La Convención Americana de Derechos Humanos también lo reconoce en su artículo 11.

Dónde consultar el documento

El proyecto de resolución y la sentencia están disponibles en el portal de la SCJN. La institución recuerda que las sentencias completas son la única versión oficial.

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