Hoteles en Chiapas deberán actuar ante abuso infantil o serán cómplices por omisión

La Ley de Turismo de Chiapas fue modificada para obligar a hoteles, hostales y alojamientos a prevenir, detectar y denunciar cualquier posible delito contra menores. La omisión ahora puede implicar responsabilidades legales.

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Una nueva reforma obliga a todo el sector turístico a verificar identidades y colaborar con la Fiscalía ante posibles casos de trata o violencia contra menores.

Si un menor es víctima de abuso dentro de un hotel, hostal o casa en renta temporal, el establecimiento ya no podrá argumentar ignorancia. A partir de ahora, los prestadores de servicios turísticos en Chiapas están legalmente obligados a detectar, prevenir y denunciar cualquier indicio de violencia, explotación sexual o trata de personas en sus instalaciones.

Una reforma a la Ley de Turismo del Estado, publicada oficialmente esta semana, impone medidas concretas que colocan al sector turístico como corresponsable en la protección de niñas, niños y adolescentes. No importa si se trata de un resort de lujo, un motel de paso o un departamento rentado por aplicación móvil: todos deberán implementar protocolos de seguridad, capacitar a su personal y colaborar directamente con la Fiscalía General del Estado y el Sistema DIF

¿Qué implica esta nueva ley?

La reforma, contenida en el Decreto 245, contempla los siguientes cambios clave:

  • Capacitación permanente para todo el personal hotelero, con enfoque en derechos humanos, detección de delitos y atención a víctimas.

  • Revisión de identidad entre adultos y menores hospedados, para evitar simulaciones de parentesco en posibles casos de trata.

  • Aplicación de protocolos obligatorios, emitidos por las autoridades, para actuar en caso de sospechas o confirmación de delitos.

  • Participación activa del sector en campañas de prevención y cultura de protección infantil

¿Y si no cumplen?

Las autoridades tendrán un plazo de 180 días hábiles para emitir los protocolos específicos, pero desde ya, cualquier incumplimiento por parte de los hoteles puede considerarse omisión ante un deber legal. La reforma establece que deberán adaptarse reglamentariamente en 90 días a partir de la entrada en vigor.

Esto quiere decir que ningún establecimiento podrá operar sin cumplir con estos lineamientos, y las omisiones podrían acarrear consecuencias legales, administrativas e incluso penales, si se demuestra complicidad o encubrimiento.

¿Por qué se aprobó?

El documento oficial admite que la ley anterior no contemplaba ninguna de estas obligaciones, dejando al sector hotelero fuera del marco preventivo. Sin embargo, diversos estudios han demostrado que la industria turística puede ser utilizada por redes delictivas, especialmente en contextos de turismo sexual, migración forzada y zonas fronterizas.

Chiapas busca alinear su ley local con el Código de Conducta Nacional impulsado por la Secretaría de Turismo federal, que promueve la acción directa del sector privado contra la explotación infantil.

¿Cuándo entran en vigor las obligaciones?

Aunque la reforma ya está publicada oficialmente desde el 14 de mayo de 2025, las dependencias como la Secretaría de Turismo, la Fiscalía General del Estado y el DIF Chiapas tienen un plazo de 180 días hábiles para desarrollar y publicar los protocolos oficiales. Además, los reglamentos derivados deben actualizarse en un plazo máximo de 90 días hábiles, lo que significa que en menos de seis meses todos los establecimientos deberán estar en cumplimiento.

Contexto preocupante: turismo, trata y explotación


La propia exposición de motivos del decreto admite que Chiapas es un estado con alta vulnerabilidad ante redes de trata de personas, debido al flujo migratorio, la pobreza estructural y su ubicación geográfica. Señala que diversos estudios muestran cómo la industria turística ha sido usada como vehículo para la explotación sexual infantil, y que es urgente romper ese silencio institucional mediante reformas como esta.

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