El SAT aseguró que es falso que cobre impuestos por depósitos en efectivo; pero sí puede revisar el cumplimiento del pago de ISR hasta de cinco años atrás, cuyo objeto son los ingresos.
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- A través de un comunicado emitido el pasado 17 de agosto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), aseguró que es falso que cobre impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias.
Sin embargo, la determinación no está publicada en ley miscelánea, por lo que no tendría validez como un medio de defensa, según los expertos.
“Es pertinente aclarar que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigila, ni cobra algún tipo de impuesto”, detalló el SAT en dicha misiva.
Alerta Chiapas consultó con un experto en la materia y detalló que “no existe ningún artículo en la ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), donde señale o precise que las ventas o enajenaciones por catálogos, se encuentran exentas o que no se pagaran impuestos sobre la renta, como dice el comunicado”.
La institución nacional señala que “es importante que toda la población conozca las disposiciones fiscales e información correspondiente al régimen de contribución del que son parte, y que solamente las instituciones financieras podrán entregar información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte del SAT”.
Al respecto, el profesional consultado por este medio dijo que, “legalmente con base a Ley de Ingresos de la Federación, no está previsto el cobro de impuesto a los depósitos en efectivo, lo que sí puede hacer es revisar el cumplimiento del Pago de la ley ISR y el ISR su objeto son los ingresos, que no es lo mismo deposito en efectivo.
“El SAT puede revisar cinco ejercicios anteriores, estando en el año 2025 puede revisar 2020, 2021, 2022, etc.”, puntualizó el experto.
“Solo en aquellas auditorías que se detectan incongruencias entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información, para evitar defraudaciones fiscales”, advierte el mencionado comunicado oficial.
El SAT realiza 10 mil auditorías al año aproximadamente; se revisa la información declarada por los contribuyentes respecto a los depósitos bancarios recibidos y se coteja con los datos que brindan las instituciones financieras mensualmente para una fiscalización más exacta. Esto permite agilizar y eficientar las auditorías y por tanto combatir de forma más expedita la evasión fiscal.