La tasa por mora se mantiene en 2.07% mensual, sin cambios desde enero; para pagos a plazos autorizados aplica 1.42%

La tasa de recargos por mora en Chiapas se mantiene en 2.07 por ciento mensual para julio de 2026, de acuerdo con la tabla oficial de recargos estatales de la Secretaría de Finanzas. Es la misma tasa vigente desde enero: quien arrastre un adeudo fiscal con el gobierno estatal pagará en julio lo mismo que a inicios de año. Para los contribuyentes con un convenio de pago en parcialidades o diferido, la tasa se ha mantenido en 1.42 por ciento, conforme a las publicaciones mensuales del Periódico Oficial del Estado.

La estabilidad es una novedad. En años anteriores la tasa cambiaba cada mes: en 2024 osciló entre 2.11 y 3.97 por ciento, y en 2025 entre 2.10 y 2.98. En 2026, la administración estatal la ha dejado fija en 2.07 por ciento durante siete meses consecutivos. La publicación mensual es una obligación legal: el artículo 3 de la Ley de Ingresos del Estado para 2026 ordena a la Secretaría de Finanzas dar a conocer cada mes los porcentajes aplicables, con sustento en los artículos 43 y 44 del Código de la Hacienda Pública estatal.

Mora al 2.07% y plazo al 1.42%: la diferencia en pesos

El recargo por mora aplica cuando una contribución no se pagó en la fecha límite. Con la tasa vigente, un adeudo de 10 mil pesos genera unos 207 pesos de recargo por cada mes de retraso. En tres meses, la cuenta suma cerca de 621 pesos, sin contar la actualización por inflación, los gastos de ejecución ni las posibles multas.

El recargo por plazo, más bajo, aplica cuando la autoridad fiscal autorizó pagar en parcialidades o en forma diferida. Es el interés que se cobra sobre el saldo a cambio de conceder el esquema de pagos. En la práctica, formalizar un convenio con Hacienda estatal cuesta menos que dejar correr la mora.

Aplica a tenencia, nóminas, hospedaje y multas estatales

Los recargos estatales alcanzan los adeudos con la hacienda de Chiapas. Entre los conceptos más comunes están:

  • Impuesto sobre Tenencia o Uso Vehicular y el refrendo, cuando se pagan fuera de plazo.
  • Impuesto sobre Nóminas del 2 por ciento a cargo de los empleadores con personal en el estado.
  • Impuesto sobre Hospedaje, que cobran hoteles y plataformas de alojamiento.
  • Derechos por servicios estatales, como los del registro público de la propiedad.
  • Multas e infracciones viales impuestas por autoridades estatales.

No aplican a los impuestos federales como ISR, IVA o IEPS. Esos se rigen por las tasas que publica la Federación en el Diario Oficial y pueden consultarse en la sección de recargos federales del mismo portal.

Dónde pagar y dónde pedir asesoría

Los pagos pueden realizarse en línea a través del portal de la Subsecretaría de Ingresos, que concentra los trámites de tenencia, nóminas, hospedaje y pago de derechos. De manera presencial, la Secretaría de Finanzas opera módulos de atención fiscal en las cabeceras regionales, de Tuxtla Gutiérrez a Tapachula, Comitán, Palenque y San Cristóbal de Las Casas. La dependencia también ofrece asesoría fiscal gratuita en el teléfono 800 890 5920 y un chat en línea dentro del portal.

Para quien arrastra adeudos vehiculares, la Ley de Ingresos 2026 mantiene estímulos específicos, como la condonación total de recargos, multas y gastos de ejecución para propietarios de motocicletas que regularizaron adeudos de 2025 y años anteriores. La recomendación general no cambia: revisar la tasa vigente antes de pagar una obligación atrasada, porque cada mes que pasa el adeudo crece.

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