
Exhibir a mujeres en puentes o vía pública son actos de violencia que constituyen un delito: Ayuntamiento
A través de la Secretaría para la Igualdad de las Mujeres, el Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez instó a la población a no colocar letreros, lonas o mantas con mensajes agresivos que desde la misoginia exponen a una mujer utilizando su imagen y textos que vulneran su integridad.
Lo anterior debido a que estos mensajes en la vía pública transgreden el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y son actos contra las mujeres que no se deben seguir perpetuando y que a su vez constituyen un delito.
La Secretaría para la Igualdad de las Mujeres pidió a la ciudadanía a través de su cuenta de Facebook, misma en la que compartió imágenes en donde se alcanzan a ver lonas con el siguiente mensaje: “deja de meterte con hombres casados, si no respetas a tu marido respeta por lo menos al mío”, dicha la lona contaba con la imagen de una mujer.
Asimismo, ofrecieron respaldo y asesoría jurídica a quien haya sido víctima de este tipo de acciones o cualquier manifestación de violencia.
Uno de los casos más sonados referente a lonas que vulneran y violentan la integridad de una mujer fue el de la ex alcaldesa interina de Tuxtla Gutiérrez, Karla Burguete Torrestiana, a quien el último día de su administración le colgaron lonas en un puente de la capital chiapaneca, en las que se le acusaban de mantener una relación extra marital con el fin de exhibir y denostar la vida privada de la servidora pública.
Derivado de esto Karla Burguete, quien en ese entonces volvió a ostentar el cargo de síndica municipal denunció ser víctima de violencia política y violencia en medios de comunicación en razón de género.
Fue a finales de 2021 cuando el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas (IEPC) de Chiapas dio a conocer el proyecto de resolución del Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), respecto al Procedimiento Especial Sancionador, con número de expediente IEPC/PE/Q/KBT/082/2021, iniciado en contra de los medios de comunicación y/o periodistas Agencia 55 y los ciudadanos Víctor Lara y Hans Gómez Cano, por la supuesta comisión de Violencia Política de Género, en contra de la ciudadana Karla Burguete Torrestiana del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez.
En la resolución se determinó que no acreditaba violencia política de género el que diferentes medios de comunicación reprodujeran la información privada que denostaba a una mujer en funciones, medio virtual, con el propósito de desacreditarla, difamarla, denigrarla y poner en entredicho su capacidad o habilidades para la política, con base en estereotipos de género, a perder que se encuentra reconocida en la ley.
De este mismo caso en 2022 el IEPC declaró administrativamente responsable a Agencia 55 por cometer Violencia Política de Género en contra de Karla Burguete; además le impuso a dicho medio de comunicación una multa equivalente a 50 UMAS por el incumplimiento de una medida cautelar para el retiro inmediato de la publicación que contiene estereotipos de género en abril de 2021, tras la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), a favor de Burguete Torrestiana.


























