
Redefinen funciones, reorganizan mandos y abren paso a una “Fuerza de Reacción Inmediata”; la violencia y desconfianza obligan al replanteamiento de la Secretaría de Seguridad del Pueblo.
Chiapas reformó su sistema de seguridad pública. En medio de un contexto marcado por agresiones a policías, desconfianza ciudadana y operaciones fallidas en zonas críticas, se publicó una reforma a la Ley que regula la Secretaría de Seguridad del Pueblo, con cambios que reestructuran su funcionamiento interno y su respuesta ante emergencias.
El Decreto No. 248, publicado el 7 de mayo de 2025 en el Periódico Oficial del Estado, establece la creación formal de una nueva “Fuerza de Reacción Inmediata”, además de modificar procesos operativos, reorganizar mandos y fortalecer la coordinación entre niveles de gobierno.
La reforma no detalla cifras, nombres de grupos o recursos asignados, pero sí marca el inicio de un replanteamiento institucional. Entre los puntos destacados del decreto se encuentran:
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Creación legal de una Fuerza de Reacción Inmediata, enfocada en situaciones de alto riesgo.
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Reestructuración interna de la Secretaría de Seguridad del Pueblo, con definición clara de funciones, jerarquías y atribuciones.
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Inclusión obligatoria de protocolos con enfoque de derechos humanos para todos los operativos.
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Fortalecimiento de sistemas de control, evaluación y profesionalización del personal operativo.
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Coordinación reforzada con municipios, para evitar dispersión de funciones.
¿A qué responde esta reforma?
La reforma ocurre en un contexto donde la inseguridad sigue al alza. Según una publicación realizada por Alerta Chiapas en noviembre de 2024, al menos 19 policías habían sido asesinados ese año en el estado, principalmente municipales, evidenciando la vulnerabilidad operativa en municipios como Frontera Comalapa, Pantelhó y Ocozocoautla.
A lo largo de 2025, los reportes de violencia continúan, y esta reforma busca sentar las bases para una estructura estatal con capacidad de respuesta inmediata, especialmente en regiones donde las fuerzas municipales están rebasadas o desactivadas.
¿El grupo PAKAL forma parte de esta reforma?
En operativos recientes, medios y comunicados han hecho referencia al grupo “PAKAL” como una fuerza de intervención estatal. Sin embargo, en el decreto publicado no se menciona el nombre PAKAL ni el acrónimo FRIP (Fuerza de Reacción Inmediata Pakal).
La reforma únicamente establece legalmente la figura general de una “Fuerza de Reacción Inmediata”, sin nombrar unidades específicas.
Esto sugiere que el grupo conocido como PAKAL podría operar dentro de este marco legal, pero su existencia no está formalmente reconocida en la ley publicada.
















