Amenazas en la red: el caso que sentó un precedente en Chiapas

La historia de Ángeles Mariscal revela cómo la investigación cibernética puede llevar a la justicia en los ataques contra periodistas.

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La historia de Ángeles Mariscal revela cómo la investigación cibernética puede llevar a la justicia en los ataques contra periodistas.

Por: Miguel Ángel de los Santos

Miguel Ángel de los Santos Cruz es Doctor en Derechos Humanos y Director de la Facultad de Derecho de la UNACH

Los ataques a periodistas continúan para impedir o limitar la libertad de expresión. Se perpetran bajo diferentes modalidades: unas pueden representar advertencias, otras son letales. Con voluntad, compromiso y eficiencia, podrían evitarse, investigarse y castigarse, pero esto requiere que las fiscalías mejoren sus habilidades de investigación con apoyo de la tecnología y que los juzgados de control autoricen los mecanismos necesarios.

A partir de las amenazas sufridas por la periodista Ángeles Mariscal, veremos cómo sí es posible esclarecer hechos que buscan inhibir la libertad de expresión.

Los últimos reportes de Amnistía Internacional indican que México sigue entre los diez países con más asesinatos de periodistas sin resolver. Este tipo de crímenes, junto con las desapariciones, representan los ataques más graves a la prensa. Sin embargo, también existen otras formas de agresión menos extremas, pero con el mismo objetivo: silenciar a la prensa.

Las amenazas a periodistas representan una forma de inhibir el ejercicio de la libertad de expresión, y siguen una dinámica ascendente. En los últimos quince años la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) ha conocido de 860 casos de amenazas. Uno de esos casos ocurrió a Ángeles Mariscal, reportera del medio digital Chiapas Paralelo.

Dada la relevancia y la manera como se esclareció y se obtuvo sentencia condenatoria, podría servir de aliciente a la denuncia en todos los casos de amenazas, difamaciones a través de las redes sociales mediante perfiles falsos, e incluso para delitos graves, puesto que, generalmente en su preparación, desarrollo o conclusión, existe un mensaje o una llamada telefónica de por medio.

El caso de Ángeles Mariscal: amenazas y rastreo cibernético

El 16 de julio de 2021, la periodista publicó la nota Bombas, la estrategia de terror que usan grupos criminales en zonas indígenas.

Pocas horas después de la publicación, un largo, grosero y claramente intimidante mensaje de amenazas llegó vía inbox a la página de Facebook de Chiapas Paralelo. El mensaje intimidante, de casi una cuartilla, proveniente del perfil de Facebook Lesterwer Africawarpola le decía a la periodista, “…si no borras todas esas notas relacionadas con la supuesta bomba imaginaria que disque explotó, tendré que hacer lo mismo que hizo Pablo Escobar contra Guillermo Cano en 1986…” En un contexto de terrible violencia hacia la labor periodística, la temible amenaza surtió efecto, el equipo de Chiapas Paralelo decidió bajar la nota informativa de su portal.

El mismo día se presentó la querella y se inició la Carpeta de Investigación correspondiente por el delito de amenazas. La investigación, lenta de inicio, determinó, en mayo de 2022, mediante un rastreo cibernético, que el perfil de Facebook estaba conectado a otros cinco perfiles falsos cuya fecha de creación y actividad coincidía, y que todas contaban con el mismo IP (protocolo de internet, por sus siglas en inglés), teniendo como proveedor a la empresa Mega Cable, S.A. de C.V. con ubicación en Hermosillo, Sonora. Poco después se determinó que el perfil de Facebook estaba también relacionado con una dirección electrónica y, además, con otra carpeta de investigación por el mismo delito.

En julio de 2023 las investigaciones determinaron que el perfil de Facebook y correo electrónico estaban relacionados con una línea telefónica con terminación 2840 y número de IMEI (código de 15 dígitos que identifica a un equipo celular) terminación 860. Habiendo ubicado lugar, proveedor de internet, equipo, número telefónico y dirección electrónica, no resultó difícil encontrar que también contaba con un perfil de WhatsApp, incluyendo una fotografía que correspondía a Martín Alejandro Peñuñuri Ezrre, autor de las amenazas. Para mayor solidez y sustento de la investigación, se reunieron otros datos de prueba de la persona vinculada a las amenazas, como son:

Acta de nacimiento
CURP
Constancias escolares
Escuchas telefónicas

Sentencia y precedentes

Todo estaba listo para judicializar (llevar al conocimiento del juez de control) la investigación y vincular a proceso al presunto responsable. Sin embargo, tuvimos que esperar (quien escribe fungió como asesor jurídico) el período de tiempo que los tribunales federales estuvieron en paro de labores derivado de la reforma constitucional al Poder Judicial Federal.

En el caso se reunieron los requisitos para resolverlo mediante una modalidad de terminación anticipada del proceso, es decir, sin necesidad de seguir el juicio ordinario, y ésta fue el procedimiento abreviado, que implica, entre otras cosas, que el acusado admita su responsabilidad. El siete de febrero del año que transcurre se dictó sentencia condenatoria por tres meses de prisión, multa, y reparación de daños, que incluyó medidas de satisfacción y no repetición, consistente en una disculpa pública por parte del responsable de las amenazas, y que acredite haber tomado un curso en materia de derechos humanos, en particular del derecho a la libertad de expresión y acceso a la información.

Parte de la disculpa pública ofrecida a la periodista Ángeles Mariscal es lo siguiente:

Al día de hoy, estoy convencido que la labor que desarrollan los y las periodistas como Ángeles Mariscal, que nos reportan los hechos con absoluta objetividad, y muchas veces arriesgando su seguridad para informarnos, resulta de la mayor importancia para asegurar que la sociedad se encuentre debidamente informada de la realidad en nuestro país. Las condiciones actuales de inseguridad, hacen aún más importante la actividad periodística y requiere la protección de las autoridades obligadas a ello, así como el respeto y reconocimiento de la sociedad, a quien las periodistas sirven con profesionalismo.

Como puede advertirse, cuando las investigaciones se realizan con voluntad y profesionalismo, pueden esclarecerse los hechos, no solo en relación a las amenazas, sino también a los delitos más graves que atentan contra la libertad de expresión y que se mantienen en la impunidad tanto en el ámbito federal como local.

Sin embargo, se requiere que las fiscalías actúen con prontitud y eficacia activando la investigación cibernética no solo de redes sociales sino también de equipos telefónicos; además, que los juzgados de control, de conformidad con el Protocolo de investigación de los delitos contra la libertad de expresión, deben autorizar con oportunidad las investigaciones solicitadas. La intervención eficaz y coordinada en función de la protección de los derechos de quienes ejercen la libertad de expresión, conduce a la disminución de los índices de impunidad en estos delitos, fortalece la confianza para denunciar, posibilita el ejercicio libre y seguro de la libertad de expresión, y el acceso a la información.

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