El Poder Judicial del Estado de Chiapas emitió su postura con relación a los hechos registrados el domingo 16 de agosto, en San Cristóbal de Las Casas y precisó que la persona detenida que se escapó es responsabilidad de la Secretaría de Seguridad del Pueblo.
Agregó que la persona identificada como Lorenzo “N”, detenida en cumplimiento de una orden de aprehensión, fue puesta a disposición de la autoridad judicial el sábado 15 de agosto, para la celebración de la audiencia inicial correspondiente, programada para el día siguiente.
Durante el periodo previo a dicha audiencia, la persona permaneció en el área de seguridad destinada a la estancia de personas detenidas, ubicada en el extremo del túnel proveniente del Centro Estatal de Reinserción Social de Sentenciados (CERSS) No. 5 que conecta con el Juzgado de Control, bajo el resguardo y custodia de elementos de la Guardia Estatal Procesal, corporación adscrita a la Secretaría de Seguridad del Pueblo.
De acuerdo con el informe rendido por la administración del Juzgado, durante la mañana del domingo 16 de agosto, la persona solicitó acudir al baño. Un elemento de la Guardia Estatal Procesal encargado de su custodia procedió a realizar su traslado y, durante esta acción, la persona bajo su resguardo logró evadirse.
En consecuencia, se precisa que la evasión no ocurrió en el Juzgado de Control, sino mientras la persona se encontraba bajo el resguardo y custodia de la Guardia Estatal Procesal, desde el área de seguridad ubicada en el extremo del túnel proveniente del CERSS No. 5 que conecta con el Juzgado de Control, cuya operación y control se encuentran a cargo de dicha corporación.
Lo anterior encuentra sustento en los artículos 3, fracción IV, y 7 de la Ley que Establece las Bases de Operación de la Secretaría de Seguridad del Pueblo del Estado de Chiapas, que establecen la adscripción de la Guardia Estatal Procesal y las funciones que le corresponden en materia de seguridad, custodia y traslado.
Asimismo, el Protocolo Nacional de Actuación de Seguridad en Salas establece que corresponde a los integrantes de las instituciones de seguridad pública responsables de la custodia garantizar la seguridad de la persona imputada privada de su libertad durante su permanencia en el Centro de Justicia, incluyendo su estancia en el área de seguridad mientras espera el inicio de la audiencia.
El Poder Judicial del Estado mantiene plena disposición para colaborar con las autoridades competentes en el esclarecimiento de los hechos y el deslinde de las responsabilidades que conforme a derecho correspondan.
La coordinación entre instituciones exige actuar con responsabilidad y transparencia, respetando las atribuciones y obligaciones que el marco jurídico asigna a cada autoridad, así como los derechos de las personas involucradas y el debido proceso.
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