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El Gobernador de Veracruz, Javier Duarte, solicita licencia para dejar gubernatura

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Javier Duarte anunció su licencia a su cargo como gobernador de Veracruz, con el objetivo de atender la investigaciones que se realizan en su contra. Todo a unos días de concluir su mandato.

1. ¿Por qué licencia y no renuncia?

El artículo 36 de la Constitución del país establece que los cargos de elección popular –aquellos obtenidos a través de comicios– son irrenunciables. Lo anterior incluye al presidente de la República, los gobernadores, los legisladores federales y locales, así como a los presidentes municipales. La lógica de esto es que no puede “renunciarse” a algo que es un mandato del pueblo expresado en las urnas.

La propia Carta Magna y las constituciones de los estados señalan que la única excepción se da cuando existe una “causa grave”, que en el caso del presidente de la República tiene que ser avalada por el Congreso de la Unión.

Por ello, cuando un funcionario electo por los ciudadanos quiere alejarse de su cargo por alguna razón –como someterse a una operación o por presiones políticas–, debe recurrir a la figura de la licencia.

2. ¿Qué implica una licencia?

Cuando una licencia es aprobada –por el Congreso de la Unión en el caso del presidente, por los congresos locales en el caso de los gobernadores o por el cabildo de un municipio en el caso de los alcaldes–, los funcionarios en cuestión deben dejar de recibir el sueldo que acompaña su cargo, explicó Francisco Burgoa, profesor de Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

A decir del académico, la licencia también tendría que implicar la pérdida de la inmunidad procesal o fuero porque este se creó para servidores públicos que están en funciones.

Sin embargo, un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de mediados del siglo XX sentó como precedente que los funcionarios con licencia conserven el fuero. Burgoa citó como ejemplo el caso del perredista René Bejarano, quien en 2004, cuando era diputado local en el Distrito Federal, fue acusado de operaciones con recursos de procedencia ilícita y delitos electorales. En ese entonces, Bejarano pidió licencia a su diputación argumentando que con ello facilitaría las investigaciones del caso. Sin embargo, como aún tenía inmunidad procesal, el Poder Legislativo tuvo que aprobar un juicio de procedencia o de desafuero para que las autoridades pudieran proceder penalmente en su contra

3. ¿Tiene el mismo efecto para todos?

Los alcaldes representan un caso particular porque no se encuentran en la lista de funcionarios con fuero incluida en el artículo 111 constitucional, donde se menciona a senadores y diputados federales, ministros de la SCJN, gobernadores, legisladores locales y consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), entre otros

En el artículo 108, sin embargo, se establece que los congresos de los estados podrán decidir si los funcionarios municipales tendrán fuero o no, lo que significa que las reglas no necesariamente son las mismas para todos los alcaldes del país

Los alcaldes de Guerrero, por ejemplo, sí gozan de fuero, aunque éste sólo aplica par delitos comunes, no para los federales.

4. ¿Cuánto tiempo dura una licencia?

La duración de las licencias varía. Para el presidente de la República, por ejemplo, el plazo máximo es de 60 días naturales, según los artículos 78 y 85 de la Constitución. Los legisladores federales pueden hacerlo por tiempo indefinido.

En el caso de Veracruz, el Congreso otorgará licencias al gobernador si la ausencia de éste es mayor a 30 días naturales, de acuerdo con el artículo 48 de la constitución de la entidad. Considera que según sea el caso, el Legislativo podrá designar un gobernador interino para que funcione durante el tiempo que duré la ausencia.

La constitución veracruzana precisa que las licencias nunca tendrán carácter indefinido ni por un tiempo mayor de 90 días naturales.

Vía expansion.mx


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